El Convenio, que se ha publicado en el DOGC, incide en la jornada especial de las casas de colonias. Tiene vigencia desde septiembre de 2014 y hasta diciembre de 2016 y es de obligado cumplimiento.

El 10 de marzo de 2015, la mesa de negociación (formada por los sindicatos CCOO y UGT y las organizaciones empresariales ACELLEC, La Confederación y ACCAC) firmó el Tercer Convenio Col·lectivo del Sector del Tiempo Libre Educatiu i Sociocultural de Cataluña, que es vigente desde septiembre de 2014 y hasta diciembre de 2016 y afecta a entre 25.000 y 30.000 personas, en función de la época del año. Cuatro meses más tarde, el Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña (DOGC) ha publicado el nuevo convenio, que es de obligado cumplimiento para el sector a partir de hoy.
 
A pesar de los cuatro años que ha durado el proceso negociador, la mesa de negociación siempre ha expresado la voluntad de llegar a un pacto óptimo que continúe regulando el sector del ocio educativo y sociocultural para garantizar la continuidad y la máxima calidad de los servicios que presta , haciendo frente al complejo contexto social y económico.
 
Las empresas y entidades tendrán un plazo de dos meses a partir de hoy, fecha de publicación, para abonar la diferencia salarial pactada con carácter retroactivo desde septiembre de 2014. El Tercer Convenio contempla tres tramos de incrementos salariales progresivos del 0 , 5%: un primer tramo a partir del 1 de septiembre de 2014, un segundo tramo desde el 1 de enero de 2015 - ambos con carácter retroactivo - y un último tramo a partir del 1 de septiembre de 2016 . en consecuencia, se consolida el mantenimiento de los sueldos en el período que va desde la última revisión salarial publicada en el DOGC, en mayo de 2011, hasta el 31 de agosto de 2014. Asimismo, el IPC deja de ser referencia para a la revisión salarial del convenio.
 
Otro elemento destacado del nuevo convenio son los cambios en la organización del trabajo. De acuerdo con los dictámenes de la reforma laboral, se ha acordado una nueva clasificación y organización de las categorías profesionales, que pasan a denominarse "grupos profesionales". Además, el tercer convenio colectivo del sector del ocio amplía la posibilidad de distribuir la jornada laboral de forma irregular; una distribución que, en el caso de las casas de colonias (campamentos y actividades análogas), se detalla en la modificación del artículo 54 del convenio. La redacción más esclarecedora de este artículo era una de las demandas planteadas por la patronal del sector de las casas de colonias, que reclamaba "adecuar la organización del trabajo a la realidad de la actividad de las instalaciones para garantizar la calidad educativa de la misma ".
 
Por su parte, los sindicatos también destacaron las mejoras que el tercer convenio introduce tanto en los permisos retribuidos como en la protección de la maternidad y la paternidad. Y es que, desde la firma del primer convenio (2005-2007), cada uno de los acuerdos firmados ha implicado un paso importante en la estructuración y dignificación del sector del ocio. Por ello, aunque la realidad no es la misma que hace una década, la aprobación del tercer convenio continúa significando un compromiso fundamental para consolidar tanto unas condiciones laborales justas y dignas para los trabajadores del sector como la calidad de las actividades y los servicios que prestan las entidades y empresas del ocio.
 
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