Facilita la planificación racional de las actividades en la franja costera para hacer compatible la preservación del paisaje y los ecosistemas con el desarrollo económico.

25/10/2018

El Consejo Ejecutivo ha aprobado el proyecto de ley de ordenación del litoral, que ahora podrá comenzar la tramitación parlamentaria. La nueva legislación prevé desarrollar la competencia exclusiva de la Generalitat en esta materia, establecida en el Estatuto de autonomía de Cataluña, y articular un modelo de gestión integrada del espacio costero, siguiendo las recomendaciones de la Unión Europea. El Gobierno ya aprobó el proyecto en octubre de 2017, pero la finalización de la legislatura impidió que se iniciara la discusión parlamentaria en ese momento.

Hasta ahora, el Gobierno ha aprobado varios planes de protección del litoral para garantizar el desarrollo sostenible del territorio. Sin embargo, la distribución de las competencias de ordenación de la costa es muy compleja, dado que concurren hasta tres niveles administrativos: el Estado español, la Generalitat y los ayuntamientos. Se hace necesario, pues, articular nuevos instrumentos que ordenen este ámbito desde una óptica integradora e incrementar la seguridad jurídica de los operadores.

Los objetivos concretos de la ley son:

- Planificar racionalmente las actividades que se desarrollan en la costa para conciliar la protección del medio ambiente y del paisaje con el desarrollo económico
- Preservar las zonas costeras como garantía de un turismo de calidad y garantizar la utilización sostenible de los recursos naturales
- Prevenir y reducir los efectos del cambio climático
- Garantizar la coherencia entre las iniciativas públicas y privadas que afectan a la utilización de la franja litoral
 

Nuevas herramientas de ordenación y gestión del litoral

Para conseguir estos objetivos, la ley regulará la creación de dos nuevas herramientas de ordenación y gestión de la costa. En primer lugar, el Plan de ordenación del litoral catalán será el instrumento básico para la gestión integrada del ámbito terrestre y marino de la franja costera. El Gobierno tendrá un plazo de dos años desde la entrada en vigor de la Ley para redactarlo.

El Plan caracterizará el litoral catalán, definiendo su estado de preservación, y fijará cuántas instalaciones y de qué tipo puede acoger cada tramo de playa. Igualmente, localizará las infraestructuras e instalaciones existentes; el principales accesos al mar y las zonas de aparcamiento, y las playas con peligro de desprendimientos.

También contendrá criterios territorializados para resolver las demandas de servicios e instalaciones en el litoral y establecerá las medidas necesarias para preservar los ecosistemas y los paisajes costeros. Finalmente, el Plan incorporará las medidas de adaptación del litoral a los afectos del cambio climático y los criterios para determinar las prioridades de inversión.

La segunda herramienta de ordenación que creará la ley serán los planes de usos del litoral y las playas, que deberán impulsar los ayuntamientos para ordenar las ocupaciones de instalaciones desmontables y las actividades que se puedan hacer a lo largo de la año a su costa. También regularán los servicios de vigilancia y salvamento, la accesibilidad y las instalaciones que tendrá cada tramo de playa.

Su vigencia será de cuatro años, incluirán la previsión de actividades e instalaciones para este plazo de tiempo y los mismos municipios podrán otorgar las correspondientes autorizaciones.

De esta manera, los municipios autorizarán usos y obras sin que tengan que intervenir administraciones superiores. También se introducirá por primera vez el régimen de declaración responsable ante los ayuntamientos para obras y usos que no incrementen la superficie ocupada o la volumetría y que no conlleven un cambio de uso. El resultado será la simplificación de los trámites administrativos y el acercamiento de la toma de decisiones a los ciudadanos.

Tanto el Plan de ordenación del litoral como los planes de usos enfatizan la necesidad de garantizar la accesibilidad a las playas y la supresión de barreras para las personas con movilidad reducida.

Catálogo de tramos de playas

Ambos instrumentos se basarán en el Catálogo de clasificación de tramos de playas que ha elaborado el Departamento de Territorio y Sostenibilidad y que divide las playas en urbanas y naturales, con diferentes grados de conservación. En los tramos naturales se reducirá el empleo y se restringirán las distancias entre las actividades autorizadas, mientras que en las playas urbanas se potenciará la actividad económica.

Según el Catálogo, los 70 municipios costeros de Cataluña cuentan con 596 tramos de playas, de los cuales 336 son urbanos (el 56,28%) y 260, naturales (el 43,62%). En total, las playas ocupan 259,56 kilómetros de los 714,4 del litoral, un 36% de su longitud.

Régimen económico para garantizar la inversión en la costa

La Ley también resolverá la falta de un régimen económico y financiero propio del DPMT en Cataluña, lo que actualmente dificulta la obtención de recursos para dedicarlos a la conservación del litoral. Así, se creará un nuevo canon a favor de la Generalitat sobre el rendimiento económico de aquellas concesiones que ocupan permanentemente el dominio público marítimo terrestre, tales como restaurantes.

El importe recaudado se destinará íntegramente a financiar actuaciones de mejora de la costa y permitirá impulsar políticas más ambiciosas en la ordenación del litoral.

La nueva ley articulará mecanismos de participación y consulta en la gestión de la franja costera, involucrando tanto las administraciones más cercanas como el tejido económico y territorial. Prevé la creación del Consejo Rector del Plan de ordenación del litoral y de los consejos rectores de los planes de uso del litoral y las playas; se trataría de órganos colegiados, con participación pública y privada, sin personalidad jurídica propia.

Finalmente, se creará la Comisión de Ordenación del Litoral, dependiente de la Generalitat, con carácter resolutivo, consultivo e informativo.

 
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