La nueva legislación de contratos del sector público supone cambios en el procedimiento abierto simplificado.

27/07/2018

Entre otras novedades, la entrada en vigor de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de contratos del sector público, conllevará que a partir del 9 de septiembre de 2018, las empresas que deseen presentarse a licitaciones en que los poderes adjudicadores (administraciones, empresas públicas, ...) utilicen el procedimiento abierto simplificado deberán estar inscritas en el Registro Oficial de Licitadores y empresas clasificadas (ROLECE) o en un registro equivalente RELI, en el caso de administraciones catalanas.

En qué momento los órganos empleadores pueden utilizar el procedimiento abierto simplificado

Los órganos de contratación podrán acordar utilizar un procedimiento abierto simplificado en los contratos de obras, suministro y servicios cuando se cumplan las dos condiciones siguientes:

a) Que su valor estimado sea igual o inferior a 2.000.000 de euros en el caso de contratos de obras, y en el caso de contratos de suministro y de servicios, cuyo valor estimado sea igual o inferior a 100.000 euros.

b) Que entre los criterios de adjudicación previsto en el pliego no haya ninguna evaluable mediante un juicio de valor o, en su defecto, su ponderación no supere el veinte y cinco por ciento del total , excepto en el caso de que el contrato tenga por objeto prestaciones de carácter intelectual, como los servicios de ingeniería y arquitectura, en la que su ponderación no puede superar el cuarenta y cinco por ciento del total.

Qué es el RELI

El Registro Electrónico de Empresas tiene las siguientes características:

  • Formato electrónico: las empresas inscritas en el Registro no deberán aportar, en los diferentes procedimientos de licitación, ningún certificado acreditativo de inscripción. Serán los propios órganos de contratación y mesas de contratación las que, de oficio, accederán por medios electrónicos de forma directa y segura a los datos contenidos en el Registro.
  • Procedimiento de inscripción y de actualización de datos por vía telemática: No es necesario llenar y presentar la correspondiente solicitud en papel. Las empresas pueden formalizar y enviar por vía telemática la correspondiente solicitud desde sus propias oficinas.
  • Consulta de datos: Las empresas inscritas podrán consultar por Internet sus datos.
  • Seguridad: Todos los trámites telemáticos que hagan las empresas con el Registro se realizarán con el máximo nivel de seguridad, a través de la firma electrónica reconocida, con idénticos efectos jurídicos que la firma manuscrita.
  • Incremento de la información del Registro: el Registro incorpora datos de las empresas referidas a su solvencia económica financiera y técnica o profesional.
  • Válido para las diferentes administraciones públicas: las empresas inscritas en el RELI pueden participar tanto en procedimientos de licitación de la Administración de la Generalidad de Cataluña. También pueden participar en licitaciones de las diferentes entidades locales y de otras Administraciones Públicas catalanas.

Qué es el ROLECE
El Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas, es el registro de ámbito estatal, de similares características que el RELI, que permite participar en las licitaciones de todas las administraciones, tanto las de ámbito estatal, autonómico como local.

Para cualquier cuestión, los socios pueden ponerse en contacto con la ACCAC.

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