27/07/2018
Entre otras novedades, la entrada en vigor de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de contratos del sector público, conllevará que a partir del 9 de septiembre de 2018, las empresas que deseen presentarse a licitaciones en que los poderes adjudicadores (administraciones, empresas públicas, ...) utilicen el procedimiento abierto simplificado deberán estar inscritas en el Registro Oficial de Licitadores y empresas clasificadas (ROLECE) o en un registro equivalente RELI, en el caso de administraciones catalanas.
En qué momento los órganos empleadores pueden utilizar el procedimiento abierto simplificado
Los órganos de contratación podrán acordar utilizar un procedimiento abierto simplificado en los contratos de obras, suministro y servicios cuando se cumplan las dos condiciones siguientes:
a) Que su valor estimado sea igual o inferior a 2.000.000 de euros en el caso de contratos de obras, y en el caso de contratos de suministro y de servicios, cuyo valor estimado sea igual o inferior a 100.000 euros.
b) Que entre los criterios de adjudicación previsto en el pliego no haya ninguna evaluable mediante un juicio de valor o, en su defecto, su ponderación no supere el veinte y cinco por ciento del total , excepto en el caso de que el contrato tenga por objeto prestaciones de carácter intelectual, como los servicios de ingeniería y arquitectura, en la que su ponderación no puede superar el cuarenta y cinco por ciento del total.
Qué es el RELI
El Registro Electrónico de Empresas tiene las siguientes características:
Qué es el ROLECE
El Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas, es el registro de ámbito estatal, de similares características que el RELI, que permite participar en las licitaciones de todas las administraciones, tanto las de ámbito estatal, autonómico como local.
Para cualquier cuestión, los socios pueden ponerse en contacto con la ACCAC.